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Normativa sísmica y sustentabilidad, la urgencia del progreso

Opinión: Normativa sísmica y sustentabilidad, la urgencia del progreso

El 16 de abril, un mes atrás, un terremoto superficial de magnitud 7, generado a 14 km de profundidad a lo largo de una falla geológica, afectó la región de Kumamoto en el sur de Japón, resultando 50 personas fallecidas o desaparecidas, miles damnificadas y un daño considerable en infraestructura.

Japón posee una de las normativas sísmicas más desarrolladas del mundo que considera no sólo los terremotos de subducción, es decir, los generados en el contacto de las placas tectónicas, sino también aquellos producidos por fallas que rompen la corteza terrestre, es decir, en la parte superior de una misma placa.

Aún así, a pesar de los esfuerzos y de los notables avances en prevención de esta sociedad milenaria, la naturaleza los sigue sorprendiendo. Lejos de desalentarse, los japoneses entienden que la mejor forma de prevenir los desastres es a través del aprendizaje, de la generación de conocimiento científico y del desarrollo de tecnologías apropiadas para el monitoreo sísmico, así como a través de los necesarios avances en planificación y normativas capaces de transferir este nuevo aprendizaje al resto de la sociedad.

En Chile, la bastante exitosa Norma Sísmica tiene inspiración en las de California, Japón y Nueva Zelandia. Pero, a diferencia de la nuestra, estas últimas sí consideran los terremotos corticales, es decir, de fuente cercana y con posibilidad de ruptura en superficie.

Los terremotos de El Asnám, Algeria (1980; magnitud 7,3), Northridge, California (1994; magnitud 6,7), Kobe, Japón (1995; magnitud 7), Christchurch, Nueva Zelandia (2011; magnitud 6,3), y el reciente terremoto de Kumamoto este año, son sólo algunos de los numerosos ejemplos históricos que nos recuerdan el peligro latente de las fallas activas.

Los sismos de Northridge y de Christchurch, por ejemplo, generaron en la franja cercana a cada una de las fallas que los produjeron movimientos del suelo del orden de 3 a 6 veces más, respecto de las aceleraciones que produjo el terremoto de 2010 en Santiago.

¿Por qué entonces nuestra normativa sísmica se resiste a evolucionar? El desarrollo de la Norma Sísmica en Chile ha estado marcado por los sismos de subducción -mucho más frecuentes que los corticales- especialmente por el terremoto de 1985 y más recientemente el de 2010. Luego, una de las razones para desdeñar la importancia de los terremotos superficiales sería su baja probabilidad de ocurrencia.

Pero ¿es en realidad tan baja la probabilidad de un sismo gatillado por una falla activa en nuestro país? Los terremotos de magnitud 6,9 de Las Melosas en 1958, ocurrido en la Cordillera Principal frente a Santiago, la crisis sísmica y el terremoto de magnitud 6,2 de Aysén en 2007, que generó derrumbes de cerros y un devastador tsunami en el fiordo homónimo, y el de magnitud 7 de Pichilemu en marzo de 2010, durante el cambio de mando presidencial… ¡tres en tan sólo 58 años! parecen recordarnos que no.

Incluso si se toma un mismo sistema de falla, los estudios científicos están mostrando cada vez más la necesidad de considerar escalas de tiempo más largas –y reales- en la aproximación a este problema, como por ejemplo las fallas de Mejillones, San Ramón y Liquiñe-Ofqui.

Basta señalar que los predecesores del reciente terremoto de Japón habían sido observados sólo en el registro geológico, con una probabilidad de ocurrencia menor a un 1% en 30 años, y que preliminarmente es posible estimar probabilidades de ocurrencia cercanas a 3% en los próximos 100 años para terremotos de gran magnitud en el caso de la Falla San Ramón.

Cambiar una norma o un plan regulador es cosa compleja, qué duda cabe, no sólo requiere el concurso decidido de los especialistas en la generación y divulgación del conocimiento, sino también el marco de una política integral de desarrollo sostenible. Pero la duda no puede inmovilizar el progreso material y espiritual de nuestra sociedad, sino gatillar los procesos necesarios para producir los cambios.

Necesitamos urgentemente dar un giro en nuestra aproximación a la realidad de la naturaleza indómita que habitamos.

La normativa sísmica debiera considerar los terremotos en fallas activas, es decir, de fuente cercana y con posibilidad de ruptura en superficie, tal como se señaló en el informe “Estudio Riesgo y Modificación PRMS Falla San Ramón” (Seremi-Minvu, 2012).

Porque tenemos derecho a un medio ambiente y a una sociedad sustentable, somos responsables, cada cual en su distinto quehacer, de realizar lo necesario para que así sea.

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