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Modificación reglamentaria incluirá a académicos de excelencia en claustro electoral para elección de Rector

Decreto modifica claustro para elección de Rector

Con la firma del Decreto del Rector Ennio Vivaldi, el pasado 28 de agosto fue formalizada la modificación al Reglamento de Elecciones y Consultas referida a la composición del claustro para la elección de Rector. Esta modificación fue previamente aprobada por el Senado Universitario.

La resolución modifica específicamente el Artículo 47 del Reglamento General de Elecciones y Consultas, que planteaba:

El claustro para la elección de Rector estará constituido por todos los académicos con jerarquía de Profesor, de cualquiera de las categorías académicas. Sufragarán conforme a las ponderaciones establecidas precedentemente en este reglamento. Todos los Profesores antes indicados deberán contar con, a lo menos, un año de antigüedad en la institución, con permanencia ininterrumpida, contada desde la fecha de convocatoria a elecciones, y no deberán haberse retirado de la Universidad con posterioridad a esa fecha".

La modificación acordada por el Senado y ratificada por el Decreto Universitario elimina la frase "con permanencia ininterrumpida", y cambia la frase "haberse retirado de" por "haber cesado en sus funciones en".

De esta forma, se busca solucionar el problema evidenciado en las elecciones de Rector de 2014, donde debido a la permanencia ininterrumpida que requerían los votantes, se excluyó del claustro a los académicos que dejaron transitoriamente sus funciones por cambios en sus jornadas laborales o por razones previsionales –haciendo uso de los beneficios asociados a la Ley de incentivo al retiro para funcionarios de universidades estatales-, para luego ser recontratados como académicos de excelencia.

Este último caso está regulado por un Reglamento que faculta al Rector, con aprobación del Consejo Universitario, a recontratar excepcionalmente a académicos de excelencia, calificación efectuada por una Comisión de Evaluación del Desempeño o de Jerarquización Académica. Además, para ser distinguido con tal nombramiento el académico debe pertenecer a la más alta jerarquía.

La puesta en marcha de la norma le restituirá a este grupo académico un derecho político que había perdido, y que podrá hacer efectivo en los próximos comicios.

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